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¡Me han bajado la pensión!

  • ureseda
  • 25 sept 2014
  • 2 Min. de lectura

Nuevamente os presento un caso real. Un caballero de pelo plateado aparece en mi despacho con una increible queja: le han bajado la pensión. Aunque parezca increible puede sucder.

El caballero en cuestión cobra la pensión mínima, pues la Seguridad Social, le complementa lo que legalmente le corresponde según lo cotizado a lo largo de su vida laboral, (que no alcanza al citado mínimo), hasta alcanzar la citada pensión mínima.

Dicho complemento está sujeto a un requisito fundamental: a saber, que si tiene otros ingresos adicionales a la pensión recibida por su jubilación, éstos no sobrepasen un límite determinado. El problema es que nuestro anciano amigo, fue un hombre precavido y ahorrador de joven, que invirtió sus ahorros en un par de inmuebles que hoy tiene arrendados y que le generan una pequeña renta, la cual sobrepasa el límite que la Seguridad Social considera suficiente para que no haga falta complementarle la pensión.

¿Qué como se entera la Seguridad Social de que tiene rentas adicionales? Por su declaración de la Renta, de tal manera que Hacienda informa puntualmente de que el ahorrativo pensionista tiene rentas declaradas que sobrepasan los límites por encima de los cuales no es posible complementar una pensión hasta el mínimo.

De esta manera, la Seguridad Social informa a nuestro amigo pensionista de que no tenia derecho al complemento a mínimos que recibió el año anterior, y que tiene que devolverlo, por lo que se le descontará puntualmente de su pensión mensual en "cómodos" plazos.

Año tras año, la seguridad Social continúa complementando la pensión hasta el mínimo, y despues descuenta lo cobrado de más en el año anterior, o anteriores, encogiendo de esta manera cada vez más la pensión mensual recibida, hasta que por fin decide suprimir definitivamente el complemento, dejando la pensión menguada definitivamente.

Este es el premio que nuestro amigo pensionista, obtiene por haber sido joven ahorrador. La solución es preventiva. Se trata de suprimir los ingresos adicionales, o reducirlos hasta los límites establecidos legalmente, para que la Seguridad Social no considere que hemos cobrado de más, y peor aún, nos suprima definitivamente el complemento que nos permite cobrar la pensión mímima.

Cada caso tiene una solución "Ad hoc", que diría mi profesor de latín, o personalizada, a nuestras necesidades, que diría un anuncio de la tele. En cualquier caso, ya sabes "Consulta a Tu Abogado".


 
 
 

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